domingo, 14 de junio de 2009

Registros ante Instituciones

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Certificado de Registro como Agrupación Política Nacional



Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil


Consejo Consultivo del CDI



Registro Federal de Causantes

Misión y Visión

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MISIÓN

Impulsar la generación de políticas, propuestas y acciones de desarrollo equitativo a nivel local y nacional, mediante la coordinación, el dialogo, la concertación y alianzas estratégicas con las instituciones públicas y privadas, así como promover y defender los derechos de las comunidades y pueblos indígenas de México. Formando liderazgos de personas íntegras y éticas, desde una perspectiva interdisciplinaria, articulando actividades de profesionalización de sus cuadros básicos y de difusión de sus acciones.

VISIÓN SOCIAL
Ser una organización indígena que coordine los esfuerzos, ilusiones, sueños e ideales de las comunidades y pueblos indígenas de México, promoviéndose como interlocutor ante los órdenes de gobierno para defender el ejercicio del derecho de los pueblos originarios a la vida como parte integral de la naturaleza y el universo. Asimismo, será la organización social más reconocida del país por el liderazgo de sus cuadros básicos y por las acciones y actividades que realiza para impulsar el crecimiento sostenido, gestionando el impulso de empresas de la economía del sector rural, colaborando con el sector público en la difusión de los programas sociales que fortalezca la participación de los ciudadanos como sujetos sociales y políticos para la construcción de una sociedad justa e igualitaria.

Estatutos

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Artículo 1º Del nombre. Mediante permiso expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores No. 28431 fechado el 30 de agosto de 1978, se constituyo la Asociación Civil con la denominación social “Movimiento Nacional Indígena” y que con fecha 6 de enero de 1979, procedió a protocolizar su Acta Constitutiva y Estatutos ante la fe del Lic. Jorge Sánchez Cordero, Notario Público No. 15 del Distrito Federal.

Artículo 2º Del domicilio. El domicilio social se localiza en Retorno del Dichoso 15 “B”, Colonia Hogares, Municipio de Atizapan de Zaragoza, Estado de México, C.P. 52910, independientemente que establezca sucursales o representaciones en cualquier parte de la República Mexicana o el extranjero.

Artículo 3º De los objetivos. Los objetivos que persigue el Movimiento Nacional Indígena son:
a) Brindar asistencia social a grupos vulnerables.
b) Realizar estudios de investigación socioeconómica y política en la economía del sector rural.
c) Constituirse en instrumento de colaboración con las instituciones públicas y el sector privado para contribuir al bienestar social y desarrollo sustentable.
d) Diseñar y elaborar proyectos productivos a grupos no organizados y organizados de las comunidades indígenas y las comunidades rurales.
e) Brindar asesoría y capacitación para la gestión de recursos públicos y privados a H. Ayuntamientos Municipales en Municipios indígenas que desarrollen proyectos de infraestructura que impacten en la comunidad sin deterioro del medio ambiente y para organizaciones regionales que desarrollen planes de negocio
f) Promoción de los derechos humanos y de equidad de género.
g) Promoción de los usos y costumbres de las comunidades y pueblos indígenas del país.
h) Promoción del deporte.
i) Promoción para la atención de la salud.
j) Diseño, elaboración y realización de cursos, talleres, seminarios y diplomados que permitan empoderar y generar una opinión pública mejor informada en las comunidades rurales y pueblos indígenas.
k) Elaborar planes de desarrollo humano y educativo que integren a las diversas comunidades indígenas a la dinámica global.
l) Adquirir, arrendar y subarrendar conforme a la ley, bienes muebles e inmuebles necesarios para la realización de su objeto social.
m) Registrar toda clase de nombres comerciales y patentes, derechos de autor, obtener cualquier clase de licencia o autorización.
n) Celebrar toda clase de contratos, realizar todo tipo de actos ya sea de naturaleza civil, mercantil y administrativa permitido por la legislación mexicana, que sean convenientes o necesarios para el cumplimiento de los fines de la organización, que nunca tendrán propósitos de lucro.
o) Aceptar cuotas, donativos, aportaciones para la realización de las actividades objeto de esta organización.

Que la asociación civil no persigue fines de lucro ni de proselitismo partidista, político-electoral o religioso.

Artículo 4º Del lema. El lema del Movimiento Nacional Indígena será “Por la Reivindicación Indígena”.

Artículo 5º Del emblema. El símbolo del Movimiento Nacional Indígena será el monumento científico universal del Calendario Azteca.

Artículo 6º El Movimiento Nacional Indígena es una asociación civil que no depende de partido político alguno.

De la dirección política

Artículo 7º De la Asamblea Nacional de Consejeros y Consejeras. La Asamblea Nacional de Consejeras y Consejeros será el máximo órgano de debate en torno a las líneas a seguir económicas, sociales y políticas:
a) Para ser Consejera o Consejero en la Asamblea Nacional se observará los criterios que se establecen en el artículo octavo de los Estatutos.
b) Las Asambleas Nacionales de Consejeras y Consejeros serán ordinaria y extraordinarias.
c) Las Asamblea Nacional Ordinaria de Consejeras y Consejeros se llevará a cabo en la Ciudad de México D.F.
d) La Coordinación sesionará tres meses antes para acordar los criterios a seguir para la emisión de la Convocatoria en la Asamblea Ordinaria.
e) La Asamblea Nacional faculta al Presidente de la Coordinación Nacional para que emita la Convocatoria de la Asamblea Nacional Ordinaria y la difunda con 30 días naturales de anticipación.
f) En la Asamblea Nacional Ordinaria se tratarán los siguientes asuntos:
i. Informe de actividades.
ii. Elección de la Coordinación Nacional.
iii. Análisis, debate y modificación a la Declaración de Principios y Programa de Acción.
g) La Asamblea Nacional Extraordinaria será convocada por el Presidente de la Coordinación Nacional y se les notificara a las Consejeras y Consejeros por medios electrónicos o escritos.
h) En las Asambleas Nacionales Extraordinarias se tratarán los siguientes asuntos:
i. Informe de actividades.
ii. Rendición de cuentas.
iii. Reforma y adiciones a los Estatutos.
iv. Remoción, promoción y designación de directivos Y Secretario Técnico de la Coordinación Nacional.
Artículo 8º De los nombramientos de Consejeras y Consejeros. Serán Consejeras y Consejeros los que se encuentren en los siguientes supuestos:
a) Fundadores. Serán Consejeras o Consejeros con derecho a voz y voto las personas cuyos nombres se encuentran en el Acta Constitutiva de la organización.
b) Presidente del la Coordinación Nacional. El Presidente tendrá calidad de Consejera o Consejero con derecho a voz y voto, se le otorgara voto de calidad cuando alguna decisión se encuentre empatada.
c) Directivos de la Coordinación Nacional. Los directivos gozarán de la calidad de Consejera o Consejero con derecho de voz y voto.
d) Delegados Estatales. Los Delegados Estatales que sea nombrados sin perjuicio a los Estatutos, tendrán la calidad de Consejera o Consejeros con derecho a voz y voto.
e) De los Afiliados o asociados. Se designarán a una Consejera o Consejero por cada una de las entidades federativas, con base en el número de filiaciones que hayan presentado y sustenten su liderazgo.

Artículo 9º De la afiliación. La afiliación de los nuevos miembros en el Movimiento Nacional Indígena será de forma pacífica, libre, individual y voluntaria sin distinción de género, raza o credo religioso. El procedimiento para afiliarse se hará bajo el siguiente criterio:
De manera individual el ser humano hombre o mujer que haya cumplido los 18 años y cuente con credencial de elector podrá asistir a las oficinas de las Delegaciones en los Estados o a las oficinas centrales de la Coordinación Nacional en el Distrito Federal para expresar su deseo de afiliarse de manera voluntaria y pacifica al Movimiento Nacional Indígena.
Cuando la Coordinación Nacional acuerde llevar a cabo un programa de difusión de Declaración de Principios y Programa de Acción del Movimiento Nacional Indígena, convocara a los ahí presentes a afiliarse de manera libre, voluntaria y pacífica.

Artículo 10º Derechos y obligaciones de los afiliados. Todos los hombres y mujeres que se hubiesen afiliado de manera libre, voluntaria y pacifica gozarán de forma individual de los siguientes:
Derechos:
a) Podrán ser nombrados Consejeras y Consejeros.
b) Gozarán del respaldo moral y político por parte del Movimiento Nacional Indígena.
c) Participar de manera activa en la vida política del Movimiento Nacional Indígena.
d) Ejercer el cargo de Presidente, Director, Delegado Estatal o Comisionado Municipal.
e) Obtener los beneficios que el Movimiento Nacional Indígena gestione en los ámbitos municipal, estatal y federal.
f) Disfrutar de asesoría jurídica gratuita.
g) Ser propuesto por el Movimiento Nacional Indígena para ocupar como candidato un cargo de elección popular en un partido político.
h) Tener capacitación política y de desarrollo humano.
i) Difundir a través de sus publicaciones mensuales de divulgación las actividades de preponderancia que esté realizando en beneficio de su comunidad.

Obligaciones:

a) Conducirse con verdad en el momento de afiliarse y presentar el documento oficial para ese fin.
b) Abstenerse de incurrir en actos ilícitos que dañen la imagen y figura jurídica del Movimiento Nacional Indígena.
c) Cumplir con la encomienda que se les asigne en la Asamblea Nacional.
d) Ostentarse con la comisión que se les confirió en la Asamblea Nacional o por la Coordinación Nacional ante las autoridades civiles o militares con respeto y prudencia.
e) Actuar y conducirse sin subordinación a partidos políticos o personas físicas y morales, extranjeras, organismos internacionales y de ministros de culto.
f) Utilizar los recursos económicos que le sean asignados con apego a la normatividad.
g) Abstenerse de afiliar a personas extranjeras y de usar símbolos religiosos con fines políticos y de lucro.
h) Abstenerse de publicar y difundir actos que provoque violencia, y de recurrir a actos violentos que alteren el orden público.

De la Coordinación Nacional

Artículo 11º La Coordinación Nacional es el máximo órgano político y administrativo del Movimiento Nacional Indígena y sus integrantes serán electos cada seis años con derecho a reelección en función de la eficiencia obtenida, cuando exista impedimento para que uno o más de los integrantes pueda seguir ejerciendo su función, en Asamblea Nacional se hará la propuesta de remoción y designación de nuevos integrantes.
a) Integración. Se integra por un Presidente y seis direcciones: Delegaciones, Investigación y Desarrollo, Medios de Comunicación, Producción, Jurídica y de Finanzas y Administración.
b) Funciones. Diseño de las políticas a seguir tanto internas como externas tomando en cuenta las conclusiones obtenidas en la Asamblea Nacional.
c) Implementar. Efectuar las políticas a seguir en las Delegaciones Estatales
d) Presentación. Evaluar el impacto de las políticas implementadas y las metas obtenidas en Asamblea Nacional.
e) Manejo financiero. La apertura, operación y control de las cuentas bancarias y demás funciones relacionadas estarán a cargo de la Presidencia y de la Dirección de Finanzas y Administración.
f) Operaciones contractuales. Cualquier contrato celebrado por la Coordinación Nacional así como por las Delegaciones Estatales deberá contar con la firma expresa de la Presidencia y de la Dirección Jurídica.
g) Designación de Delegados Estatales. El Presidente en acuerdo con el Director de Delegaciones designara a los Delegados Estatales.
h) Designación de Comisionados Municipales. El Delegado Estatal designado en acuerdo con el Director de Delegaciones elegirá a los Comisionados Municipales.
i) Designación de Comisionados Locales. El Delegado Estatal en acuerdo con el Comisionado Municipal designado elegirá a los Comisionados Locales.
j) Recursos públicos. Los apoyos y estímulos públicos que reciba el Movimiento Nacional Indígena, A.C., se destinarán al cumplimiento de su objeto social.

Artículo 12º De la Presidencia. Corresponde a la Presidencia las siguientes funciones:
a) Firmar con la Dirección Jurídica las constancias de nombramientos de Consejeras y Consejeros.
b) Firmar los nombramientos de los Delegados Estatales.
c) Con la colaboración de las Direcciones elaborar el plan de trabando anual.
d) Rendir un informe anual sobre el estado que guarda la administración.
e) Definir con la Dirección de Investigación y Desarrollo las políticas editoriales.
f) Determinar en coordinación con la Dirección de Medios de Comunicación las políticas a seguir en torno de los medios de comunicación e imagen.
g) Convocar en coordinación con la Dirección Jurídica a la Asamblea Nacional Ordinaria o extraordinarias, en este último caso cundo las circunstancias lo ameriten, así como de elabora el orden del día.
h) Utilizar los recursos económicos que le sean asignados con apego a la normatividad.
i) Ejercer representación legal del Movimiento Nacional Indígena, A.C., gozando de las facultades generales y aún las especiales que de acuerdo con la ley requieran clausula especial, para lo cual gozará de las facultades para pleitos y cobranzas, actos de administración y actos de dominio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.771 respectivamente del Código Civil vigente para el Estado de México, y correlativos y concordantes en el Distrito Federal y de los Estados de la República Mexicana.
j) Poder general de representación laboral, de conformidad con lo dispuesto por la ley federal del trabajo correspondiente.
k) Poder para pleitos y cobranzas de conformidad con lo dispuesto por el artículo noveno de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, facultades que solo podrán ser ejercidas de manera mancomunada por el Presidente y el Director de Finanzas y Administración de la Coordinación Nacional.
l) Facultades para otorgar poderes.

Artículo 13º De la Dirección de Delegaciones. Corresponde a la Dirección de Delegaciones las siguientes funciones:
a) Acordar con el Presidente la designación de Delegados Estatales.
b) Encargarse del despacho de la demanda social que presenten las Delegaciones Estatales.
c) Apoyar las actividades políticas, sociales y culturales que lleven a cabo las Delegaciones Estatales.
d) Controlar y operar la base de datos de los asociados.
e) Coordinar la afiliación de nuevos asociados y los programas de afiliación.
f) Firmar los nombramientos de los Comisionados Municipales.
g) Organizará los eventos de educación y capacitación política.
h) Utilizar los recursos económicos que le sean asignados con apego a la normatividad.
i) Cumplir con las encomiendas que le sean asignadas por el Presidente.

Artículo 14º De la Dirección de Investigación y Desarrollo. Corresponde a la Dirección de Investigación y Desarrollo las siguientes funciones:
a) Establecerá lazos de cooperación con diversas instituciones académicas.
b) Celebrara y firmara convenios con instituciones académicas.
c) Tendrá a su cargo la edición de la revista trimestral de carácter teórico, así como de su diseño, producción y distribución.
d) Coordinará los programas de servicio social que presten al Movimiento Nacional Indígena los institutos superiores y las universidades.
e) Utilizar los recursos económicos que le sean asignados con apego a la normatividad.
f) Cumplir con las encomiendas que le sean asignadas por el Presidente.

Artículo 15º Dirección de Medios de Comunicación. Corresponde a la Dirección de Medios de Comunicación las siguientes funciones:
a) Establecerá lazos de comunicación con los medios de informativos (radio, impresos, televisivos e Internet).
b) Determinará las políticas adecuadas de comunicación y enlace con otras organizaciones sociales, políticas, culturales y económicas.
c) Tendrá a su cargo la edición mensual del folleto informativo y de divulgación ideológica, así como de su diseño, producción y distribución.
d) Utilizar los recursos económicos que le sean asignados con apego a la normatividad.
e) Cumplir con las encomiendas que le sean asignadas por el Presidente.

Artículo 16º Dirección de Producción. Corresponde a la Dirección de Producción las siguientes funciones:
a) Estudiará las condiciones económicas de los asociados en las comunidades, pueblos indígenas y ciudades con base en sus necesidades, para formular los proyectos productivos más viables, apoyada por la Dirección de Investigación y Desarrollo.
b) Localizará las fuentes de financiamiento de agencias gubernamentales nacionales e internacionales para los proyectos generadores de crecimiento económico demandados por los afiliados.
c) Elaborará el catalogo con la oferta institucional gubernamental y no gubernamental de organismos tanto nacionales como internacionales que abra opciones de desarrollo para los afiliados.
d) Asistencia técnica y asesoría para la elaboración de proyectos productivos.
e) Apoyara a los asociados en la elaboración, presentación, implementación y ejecución de los proyectos productivos.
f) Supervisará la continuidad eficiente de los proyectos productivos.
g) Coordinara la capacitación a los asociados en diversas áreas y materias que tengan relación con sus proyectos productivos.
h) Utilizar los recursos económicos que le sean asignados con apego a la normatividad.
i) Cumplir con las encomiendas que le sean asignadas por el Presidente.

Artículo 17º Dirección Jurídica. Corresponde a la Dirección Jurídica las siguientes funciones:
a) Evaluará los distintos contratos que sean efectuados por el Movimiento Nacional Indígena en la función normal de sus actividades tanto de la Coordinación Nacional como de las Delegaciones Estatales.
b) Levantará las actas de la Asamblea Nacional Ordinaria y extraordinarias.
c) Establecerá vínculos con barras de abogados e instituciones académicas en el ámbito jurídico.
d) Celebrará y firmará convenios de colaboración con esas instituciones.
e) Apoyará legalmente a los asociados.
f) Somatará a la Asamblea Nacional el incumplimiento de las normas por parte de los asociados y de su directiva para lo conducente.
g) Utilizar los recursos económicos que le sean asignados con apego a la normatividad.
h) Cumplir con las encomiendas que le sean asignadas por el Presidente.

Artículo 18º Dirección de Finanzas y Administración. Corresponde a la Dirección de Finanzas y Administración las siguientes funciones:
a) Será el órgano responsable de la administración del patrimonio y recursos financieros del Movimiento Nacional Indígena, y para el ejercicio de sus funciones debe siempre observar las disposiciones de este estatuto y su reglamento correspondiente.
b) Ejercer el presupuesto aprobado por el Consejo General del Instituto Federal Electoral.
c) Manejar el ingreso y gasto sobre la base de presupuestos y las decisiones de los órganos de dirección.
d) Administrar los recursos provenientes del financiamiento público.
e) Ser responsable del manejo de los recursos del Movimiento Nacional Indígena en sus respectivos ámbitos de competencia, sin menoscabo de las responsabilidades de las y los dirigentes y empleados que manejen fondos de la Agrupación.
f) Elaborar y desarrollar programas para la generación de recursos económicos.
g) El Director de Finanzas comparecerá para informar por escrito y verbalmente lo que le sea requerido por la Asamblea Nacional. La renuencia injustificada a cumplir con esta obligación a juicio del órgano que requiere será causal de remoción.
h) Deberán informar regularmente a la Presidente sobre el estado que guarda su situación financiera y presentar anualmente el informe del ejercicio presupuestal del año anterior de acuerdo al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
i) Debe contar con un equipo técnico calificado en operación administrativa, contabilidad y manejo financiero.
j) Firmar los cheques mancomunadamente con el Presidente.
k) Utilizar los recursos económicos que le sean asignados con apego a la normatividad.
l) Cumplir con las encomiendas que le sean asignadas por el Presidente.

Artículo 19º De las Delegaciones Estatales.
a) Los Delegados Estatales tendrán una duración de tres años en sus cargos con la posibilidad de remoción cuando no cumplan con los Principios, Programa de Acción y Estatutos.
b) Se conforman por tres áreas; un Secretario Técnico, un Subdelegado de Proyectos Productivos y Un Subdelegado Administrativo, que duraran en su encargo tres años con posibilidad de remoción que a juicio del Delegado Estatal sea prudente.
c) Los Delegados Estatales tendrán las funciones siguientes:
d) Firmarán los nombramientos de los Comisionados Locales.
e) Acordaran con el Director de Delegaciones los nombramientos de los Comisionados Municipales.
f) Asignar las funciones a su estructura estatal, municipal y local.
g) Será el responsable en su entidad federativa de coordinar todas las actividades económicas, sociales, culturales y políticas.

De la administración de las finanzas y patrimonio de la agrupación.

Artículo 20° El patrimonio y su administración.
a) El patrimonio de la Asociación, se integrará con el financiamiento y los recursos públicos que le sean asignados por las instituciones con base en la naturaleza de los mismos, con recursos del sector privado, así como por las aportaciones que realicen los asociados y simpatizantes, por autofinanciamiento y rendimientos financieros, fondos y fideicomisos.
b) El patrimonio de la Asociación se administrará con eficiencia, eficacia, austeridad, legalidad y honradez para satisfacerlos objetivos a los que éste destinado. Por ello, se deberá de observar las siguientes disposiciones:
La programación y ejecución del gasto se sustentará en el Plan de Trabajo que haya sido aprobado por la institución que asigne el recurso.
Los recursos se ejercerán conforme a las disposiciones legales y estatutarias.
Se establecerá un sistema contable de conformidad a la naturaleza de los recursos que se hayan autorizado, de conformidad a las diferentes disposiciones en la materia, que coadyuven a un mejor control de ejercicio del gasto.
Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestaciones de servicios y la contratación de obra, se adjudicará a través de los principios de certeza, transparencia y legalidad.
No se podrán celebrar convenios o contratos que comprometan recursos financieros futuros sin autorización de la Presidencia y Dirección de Finanzas y Administración de la Coordinación Nacional.
Los demás que establezcan el presente Estatuto y los reglamentos correspondientes.
c) El patrimonio de la Asociación, se destinará única y exclusivamente a la realización de los fines que constituyan su objeto social. La Asociación no distribuirá entre sus asociados remanentes de los apoyos y estímulos públicos que reciban. Lo estipulado en la presente disposición es de carácter irrevocable.
d) Ningún directivo de la Coordinación Nacional y delegados estatales están autorizados a contraer deuda en efectivo o en especie a cargo de la Asociación, salvo los expresamente autorizados en los términos de los Estatutos.

Artículo 20° Bis.- De la liquidación.
Liquidada la Asociación, los bienes obtenidos con apoyos y estímulos públicos, se destinarán a otras u otras organizaciones que se encuentren inscritas en el Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil. Lo estipulado en la presente disposición es de carácter irrevocable.

Artículo 21º De las cuotas ordinarias y extraordinarias.
a) Todo miembro del Movimiento Nacional Indígena está obligado a pagar cuotas.
b) Las cuotas extraordinarias deberán cubrirlas todos aquellos miembros de la Agrupación que perciban alguna remuneración por ocupar algún cargo de dirección dentro del mismo o de servidores públicos, tales como los siguientes:
Cargos de servidores públicos de confianza en la administración federal, local y de los ayuntamientos, así como en empresas y organismos públicos de cualquier naturaleza, desde el nivel de jefe de unidad departamental hasta el de más alto rango, y
c) La cuota mensual de los miembros de la Agrupación que ocupen un cargo serán del 10 por ciento sobre el total de sus percepciones en el mes por concepto del cargo público.
d) Las cuotas se cobrarán mediante poder extendido a favor de la Dirección de Finanzas de la Agrupación. La Dirección de finanzas extenderá el recibo correspondiente.
e) Las cuotas extraordinarias serán depositadas en una cuenta bancaria concentradora que permita obtener a la Agrupación un estado de cuenta. Su titular será la Dirección de finanzas del Comité Nacional.

De la programación y ejercicio del gasto.

Artículo 22º De la distribución del financiamiento.
a) Los recursos que el Movimiento Nacional Indígena obtenga por concepto de financiamiento público, así como de cuotas extraordinarias de sus miembros, se distribuirá conforme a los lineamientos siguientes:
Se destinará cuando menos el 50 por ciento para las actividades Educación y Capacitación Políticas y de desarrollo de la Agrupación; el gasto corriente no podrá ser superior al 50 por ciento;
Al menos un 10 por ciento de los recursos de la Agrupación se destinará a las Tareas Editoriales;
Se destinará para el pago de sus miembros, con funciones en el Movimiento Nacional Indígena.

Articulo 23º Cláusula de exclusión de extranjeros. De conformidad con lo dispuesto en la fracción primera del artículo 27 Constitucional y del artículo 15 de la Ley de Inversiones Extranjeras y 14 del Reglamento de la Ley de Inversiones Extranjera y del Registro Nacional de Invesiones Extranjera, esta asociación civil se declara ser de mexicanas y mexicanos y apegarse estrictamente a las cláusulas ya señaladas.

Programa de acción

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DESARROLLO HUMANO

a) Promover y materializar el acceso a condiciones de justicia y el mejoramiento de la calidad de vida de los indígenas. Asimismo, favorecer su clara incorporación al desarrollo con respecto a las diversas culturas que conforman nuestra nación en autenticas condiciones de igualdad, lo que implica, comenzar por construir una nueva respuesta que incluya acciones de carácter jurídico, político, gubernamental, social económico y cultural.

b) Hacer realidad el apartado B del artículo 2º Constitucional, el cual establece que el Estado Mexicano promoverá la igualdad de oportunidades de los indígenas, eliminando toda práctica discriminatoria, al tiempo de fortalecer a las instituciones públicas que garantizan la vigencia de sus derechos.

c) Facilitar a las comunidades indígenas el acceso a la oferta institucional gubernamental y no gubernamental para financiamiento, asesoría y capacitación, que fomente el desarrollo equitativo y permita incrementar el índice de desarrollo humano de los pueblos y comunidades indígenas, y así, dinamizar sus núcleos económicos.

d) Buscar condiciones de acceso al fortalecimiento de su cultura, así como crearles los medios necesarios para proyectar y difundir su cultura y tradiciones.

DESARROLLO SOCIAL

a) Por medio de las actividades productivas mejorar la calidad de vida de los pueblos y comunidades indígenas.

b) Apertura de oportunidades para logra una mayor inclusión en el acceso a los sistemas de salud, educación y de vivienda.

c) Impulsar políticas de desarrollo social que beneficien y propicien el progreso de los grupos vulnerables.

d) Evitar que la población objetivo se encuentre en situaciones de vulnerabilidad y explotación por medio de asesorías y capacitación en diversas materias que fuesen necesarias, ya sea directa o indirectamente.

e) Reconstruir el tejido social de comunidades y pueblos indígenas para recrear una convivencia armónica que impulse el desarrollo humano, social, económico y ambiental, mediante la capacitación continúa.

DESARROLLO ECONOMICO

a) Buscar la creación de un medio institucional favorable al bienestar económico de la población en general, con énfasis en las etnias indígenas y grupos más vulnerables de la sociedad, para ello, trabajaremos en el impulso de procesos que conllevan a un correcto funcionamiento del mercado y del sistema jurídico, aspectos determinantes en la recepción de inserciones generadoras de empleo.

b) Propugnar por un diseño de políticas públicas con la participación de toda la sociedad civil para promover el desarrollo económico.

c) Propiciar altos nivele de productividad de forma eficiente y con calidad en el nivel macroeconómico.

d) Promover un desarrollo económico de formar equitativa y sostenible por medio de la capacidad de la población que les permita tener un mayor acceso a las fuentes de empleo.

e) Ser un detonante del crecimiento económico en las regiones indígenas por medio del diseño y elaboración de proyectos productivos que permita la inversión, a través de la oferta institucional gubernamental y no gubernamental.

DESARROLLO POLÍTICO

a) Impulsar el desarrollo político de los grupos y comunidades indígenas con base en la tolerancia, el respecto de las libertades fundamentales de los individuos para el debate y discusión deliberada y democrática de los asuntos de la vida política del país.

b) Alentar la participación activa de los indígenas para consolidar la gobernabilidad del sistema político mexicano.

c) Generar mediante una opinión pública mejor informada, la participación plural e incluyente en los pueblos y comunidades indígenas, teniendo como consecuencia que los deseos de la sociedad sean formalmente considerados al fomentar la devolución del poder de decisión a los niveles básicos de la sociedad.

d) Maximizar las capacidades sociales a través de los procesos de sinergia e innovación, cooperando de esta forma en el desarrollo político del país.

e) Preparar, capacitar y empoderar a los indígenas que tengan la inquietud y el interés de participar en la vida política de sus comunidades de forma activa para que puedan acceder a puestos políticos y representar a si los intereses particulares de sus grupos.

DESARROLLO SUSTENTABLE

a) Todas las actividades que encausemos, buscaran la preservación de la vida y el ecosistema, encuadrada en un pensamiento de mediano y largo plazo, en una relación armónica entre el crecimiento económico, la distribución con equidad y el equilibrio ecológico.

b) Promover un equilibrio entre los aspectos económico, social y ambiental, impidiendo mediante actos de resistencia pacífica que una se sobrepongan una sobre otra, dentro del marco del desarrollo sustentable, buscando la satisfacción de las necesidades actuales sin comprometer la de las generaciones futuras.

c) Impulsar políticas firmes e institucionales dedicadas a promover el desarrollo político, económico, social y del medio ambiente con un alto grado de sustentabilidad.

d) Analizar la problemática ambiental para establecer líneas estratégicas hacia la sustentabilidad y trabajar a partir de ahora en el campo de la educación ambiental con carácter permanente.

e) En las zonas campesinas, reorientar el uso de suelo de acuerdo a su vocación productiva y de mercado con el propósito de mejorar el ingreso de los grupos indígenas, al mismo tiempo que se conservan los recursos naturales. Promover la producción orgánica de los diferentes productos existentes y buscar los mecanismos necesarios para que incorporen más producción y técnicas mediante la formación y capacitación de los pueblos indígenas.

EQUIDAD DE GÉNERO

a) La inclusión de las mujeres requiere de un acceso a las fuentes educativas y de salud, en circunstancias equiparables a las del sector masculino, ya que una sociedad que incluye a las mujeres puede avanzar más en su desarrollo integral.

b) La prosperidad de la vida de la mujer se debe reflejar no únicamente en el aumento en la tasa de crecimiento, sino también, en factores como el fortalecimiento de las instituciones de la familia y el matrimonio pero sobre todo en el aumento de su calidad de vida.

c) Fomentaremos un cambio en los patrones culturales proclives al logro del equilibrio entre mujeres y hombres en todos los planos de la vida del ser humano, cuya meta será lograr un impacto positivo en las siguientes generaciones.

d) Promover una disminución en los índices de violencia intrafamiliar, subordinación y discriminación para dar una perspectiva (sic) de cambio generacional, visualizando un mejor ambiente familiar, que sea estable en los aspectos económico, político y psicosocial, que de cómo resultando una mayor cultura de civilidad y desarrollo integral.

e) En el plano demográfico, se difundirá entre las mujeres la planificación familiar por medio del acceso a la educación y salud sexual, que permita una maternidad y un control responsable de la natalidad que redunde en el aumento de su calidad de vida. Para lo anterior, se promoverá el ejercicio del derecho a decidir de manera libre, responsable e informada en materia de salud sexual y reproductiva.

f) Se impulsara la integración de las mujeres al sector económico, considerando que actualmente muchas de ellas son jefas de familia que deben llevar un ingreso a sus hogares, por medio de promover mayores oportunidades de empleo que permita incorporarlas a la vida productiva en todos los ámbitos geográficos y sociales.

Declaración de Principios

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El Movimiento Nacional Indígena es una asociación constituida por mexicanas y mexicanos, que se caracteriza por estar conformada por indígenas y miembros de la sociedad civil en goce pleno de sus derechos civiles y políticos, de acuerdo al sistema jurídico que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El Movimiento Nacional Indígena como organización está compuesta por indígenas y miembros de la sociedad civil, que se afilian de manera libre, responsable, solidaria, participativa y voluntaria en calidad de asociados o simpatizantes, comparten un pensamiento común en el marco de desarrollo humano, social, económico, político, sustentable y de equidad de género, que unidos en un eje conduzcan al bien común de la humanidad.
La búsqueda del bien común de la humanidad, demanda de los actores gubernamentales y no gubernamentales involucrados en las actividades políticas, económicas, sociales, culturales, sustentables del medio ambiente, de derechos fundamentales y de políticas públicas, la renovación y redefinición de las relaciones económicas, políticas, sociales y jurídicas que impliquen nuevos retos y desafíos, involucrando a todos los actores a coadyuvar en un esquema de desarrollo exitoso de largo plazo, de participación transparente en el diseño de políticas públicas edógenas e innovadoras, y de una globalización incluyente.
De tal suerte, el panorama que vislumbra el pensamiento común de asociados y simpatizantes ante esta contextualización, es de preocupación por buscar soluciones solidarias y pacíficas a los problemas étnicos y de toda una sociedad en general en el marco del bienestar común y fraternidad de los pueblos, por ello, manifestamos nuestra actuación desde el seno de los pueblos indígenas, comunidades campesinas y sociedad civil en general, como Agrupación Política Nacional interesada en coadyuvar en el desarrollo de la vida democrática y de la cultura política de nuestro país, así como el de crear una opinión pública mejor informada en los campesinos e indígenas y miembros de la sociedad civil e impulsarlos para que puedan competir por el poder y acceder a él de manera legítima.
En esa tesitura, consideramos que debemos colaborar en los siguientes principios:

DESARROLLO HUMANO

Consideramos que la libertad, la justicia y la paz se basan en el reconocimiento de la dignidad y de la igualdad de derechos para toda la humanidad. El desconocimiento y menosprecio de esos derechos, conllevan a crear actos de crueldad, ferocidad, salvajismo y de barbarie en la conciencia de la humanidad.
Por ello, proclamamos en nuestros principios el sentir de la humanidad hacia los derechos humanos como la aspiración más elevada del hombre; declarando siempre la libertad de expresión y creencia como algo insustituible que se debe de proteger por un régimen de derecho y legalidad, de relaciones amistosas y tolerantes.
Ante ello, promoveremos siempre en las comunidades y pueblos indígenas la enseñanza al respeto de los derechos y libertades del hombre.

DESARROLLO SOCIAL

A lo largo de nuestra historia se ha luchado por la reivindicación de los derechos sociales, actualmente esta lucha sigue vigente, principalmente en el seno de los grupos más desprotegidos como son los indígenas y campesinos. Son mexicanas y mexicanos que viven en la unidad de la pluralidad de sus localidades, han aprendido que sólo respetando esa pluralidad es posible su convivencia pacífica y armónica, y están convencidos de que sólo a través de la organización de la gente y por los cauces legales e institucionales se permitirá el bien común de sus poblados.
Buscaremos de forma organizada y por los cauces institucionales y legales, el derecho a recibir educación de calidad; a la protección jurídica de las tierras de los campesinos e indígenas; y que se garanticen condiciones justas para los trabajadores en estado de vulnerabilidad.
Ante este panorama, lucharemos de manera pacifica y por cauces institucionales y legales para que se protejan las tierras en un concepto de integridad territorial y se permita a las comunidades y pueblos indígenas explotar sus recursos, siempre bajo un marco de sustentabilidad.
Seguiremos en pie de lucha para que se impulse una educación de calidad en las comunidades y pueblos indígenas, que les permita ser libres de la ignorancia y la miseria.

DESARROLLO ECONOMICO

La distribución inequitativa del ingreso, la carencia de fuentes de empleo y la no adecuada distribución de recursos, nos ha motivado a trabajar a favor de la cohesión de las demandas económicas de los distintos grupos sociales, diversificando sus actividades productivas para que les permita enfrentar con mayor éxito los ajustes económicos derivados del entorno global.
Combatiremos con ideas y opiniones el impulsar mejores condiciones de vida que permitan a los indígenas satisfacer dignamente sus necesidades.
Proclamamos en nuestros principios el sentir de nuestras comunidades y pueblos indígenas a la libre utilización de sus recursos naturales dentro del marco de desarrollo sustentable y promueva su desarrollo económico, ya que el impedir que puedan disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales seguirá polarizando más al país.
Impulsaremos programas de capacitación continua que permitan a los habitantes de comunidades y pueblos indígenas desarrollar capacidades y habilidades, proporcionándoles herramientas para explotar su entorno, a efecto de que puedan contar con sus propios medios de subsistencia, mediante la responsable administración de territorios y el cumplimientote de obligaciones fiscales.

DESARROLLO POLÍTICO

Los derechos civiles y políticos deben de estar regidos por el principio de la libertad de expresión, pensamiento y asociación; así como por la libre participación en la vida política del país, a no ser detenidos arbitrariamente sin motivo legal y a ser juzgados con base en los principios constitucionales.
Ratificamos nuestra participación en el marco de la sociedad civil, como antecedente directo de la democracia. En ese sentido, el ser humano es un ente social y político, canal de fuerzas políticas consensúales que capitalizan las diferentes demandas sociales. La sociedad civil esta conformada por estructuras políticas dependientes de no voluntades personales, sino más bien, de un poder más amplio que establece las directrices a seguir.
El movimiento volitivo conlleva un sentido de ayuda mutua, de búsqueda de justicia y defensa de los derechos fundamentales cuando sean vulnerados, siempre apegados al conjunto de orden social, subrayando los valores de civilidad, igualdad critica y respeto mutuo o tolerancia ante la diversidad de culturas e ideas.
Promovemos una cultura participativa creadora de las capacidades sociales y acrecentadoras de valores cívicos comunitarios.

DESARROLLO SUSTENTABLE

Desde hace varias décadas las actividades del hombre han atentado contra las condiciones del medio ambiente, ante ello, y debido al excesivo deterioro actual, es preciso que nos sumemos al reclamo mundial para que las actividades que se realicen no atenten contra nuestro hábitat y por el contrario lo cuidemos y protejamos, al mismo tiempo conciliemos un equilibrio.
Desde nuestra trinchera, lucharemos para impulsar un desarrollo social y económico en los sectores más desprotegidos, sin perder de vista el entorno, siendo un principio fundamental para nuestra organización el cuidado, revitalización y reactivación del medio ambiente.

EQUIDAD DE GÉNERO

A mediados del siglo XX el papel de las mujeres en la sociedad fue intensamente revalorado, motivando su participación en los diferentes ámbitos del quehacer humano, dejando atrás una cultura opuesta a su radical inclusión en el entorno social. Con esta consideración propugnaremos por una perspectiva inclusiva de las mujeres, como signo de igualdad social, en abierto rechazo a la violencia, discriminación y subordinación.
Esta orientación contempla igualmente la importante contribución de la mujer en el ámbito de la familia y del matrimonio, pero no confiándola exclusivamente a los roles tradicionales; sino que tendremos como objetivo fundamental promover su incorporación a los distintos campos de las actividades políticas, económicas, sociales y académicas que sean compatibles con su situación familiar/matrimonial, ya que ésta ha sido un aspecto descuidado, en la medida en que tenemos valiosas mujeres que desean ingresar en los campos de actividades referidos sin menoscabar su rol como baluarte de la familia.